viernes, 14 de diciembre de 2007

Nombran Comisión en la ENSABAP

RESOLUCIÓN MINISTERIAL
ME 0501-2007-ED

Lima, 30 de noviembre de 2007

CONSIDERANDO:
Que, mediante Decreto Supremo N° 062-2001 –ED, del 22 de agosto de 2001. se facultó al Ministerio de Educación a conformar una Comisión encargada de analizar y/o proponer las modificaciones pertinentes al Estatuto de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú y para adaptar les medidas necesarias orientadas el restablecimiento de la gestión educativa. así como las señaladas en las normas legales vigentes sobre la materia:
Que, en tal sentido a través de la Resolución Ministerial N° 420-2001-ED. del 7 de setiembre de 2001. se conformó la Comisión encargada de analizar y proponer las modificaciones pertinentes al Estatuto de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, así como de adoptar las medidas necesarias orientadas al restablecimiento de la gestión educativa y las señaladas en las normas legales vigentes sobre la materia;
Que, por Resolución Ministerial N° 692-2002-ED, del 26 de agosto de 2002, se encargó al Profesor Leslie Lee Crosby, como Jefe Interino de la Unidad Ejecutora N° 021 Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, mientras la mencionada Escuela designe a su Director General;
Que, la Segunda Disposición Complementada y Transitoria del Estatuto de la Escuela Nacional Superior de Bellas Artes del Perú, aprobado por Decreto Supremo N° O48-2002-ED. de fecha 2 de diciembre de 2002, dispuso que la Escuela procedería a la adecuación de su estructura orgánica, de su régimen académico y administrativo, de acuerdo a lo establecido en dicho Estatuto y Reglamento General en un plazo que no excedería de ciento ochenta (180) días; asimismo, la Sexta Disposición Complementaria y Transitoria del referido Estatuto establece que la Comisión conformada por Decreto Supremo N° 002-2001-ED y el Jefe de la Unidad Ejecutora - Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes - mantendrán sus funciones y cargos hasta que la Asamblea y el Consejo Superior elijan y designen a sus autoridades.

Que, por Resolución Ministerial N° 0452-2006-ED, del 16 de agosto de 2006, se aprueba el Reglamento General de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú - ENSABAP en cuya Tercera Disposición Complementaria, Transitoria y Final indica que la Escuela procedería a la adecuación de su estructura orgánica, de su régimen académico y administrativo, de acuerdo a lo establecido en el Estatuto y en dicho Reglamento, en un plazo que no excedería de cuarenta y cinco (45) dias;
Que, conforme con las normas acotadas, y con la finalidad de garantizar la gestión educativa en la Escuela Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú, en tanto se efectúe el proceso electoral que conduzca a la elección de las nuevas autoridades y asuman sus funciones en dicha Casa de Estudios, resulta necesario constituir una comisión para ello dentro un plazo predeterminado;
De conformidad con lo señalado en el Decreto Ley N° 25762 modificado por la Ley N° 26510. el Decreto Supremo N° 062-2001-ED y el Decreto Supremo N° 006-2006-ED.

SE RESUELVE:

Artículo 1°.- Constituir la Comisión encargada de analizar, proponer y adaptar las medidas necesarias orientadas al restablecimiento de la gestión educativa en la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, así como las señaladas en las normas legales vigentes sobre la materia, la misma que estará integrada par los siguientes miembros:

- Sr. Manuel Alejandro Solís Gómez. quien la presidirá;
- Dr. Ángel Tenorio Dávila.
- Sr. Luis Javier Félix Torero Rodríguez.
Artículo 2°.- La Comisión nombrada por la presente Resolución deberá, en un plazo que no exceda los treinta (30) días de instalada, aprobar el proyecto de Reglamento de Elecciones y demás documentos necesarios, así como ejecutar las acciones que correspondan a fin de que se realicen las Elecciones de las autoridades de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú.
Artículo 3°.- Designar como Jefe de la Unidad Ejecutora N° 021 Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, al Sr. Manuel Alejandro Solís Gómez, en tanto se realice el proceso electoral para elegir a las nuevas autoridades y asuman sus funciones en dicha casa de estudios,
Artículo 4°.- Dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales N° 420-2001-ED. y N° 692-2002-ED, y las demás que se opongan a la presente.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

JOSE ANTONIO CHANG ESCOBEDO
Ministro de Educación

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